anillos-boda-matrimonioSegún informa el diario argentino Página 12, una jueza de Buenos Aires ha declarado inconstitucional el impedimento para que dos personas del mismo sexo puedan contraer matrimonio y ha ordenado al Registro Civil que celebre la unión de la pareja gay que inició la demanda. La sentencia es de primera instancia y previsiblemente será apelada por el Gobierno conservador de Mauricio Macri, jefe del Gobierno de la capital argentina. No obstante, sienta un importante precedente en un momento en el que el tema está siendo debatido en la Cámara de Diputados del país (ayer mismo informábamos de las últimas novedades en ese sentido).

La jueza Gabriela Seijas ha declarado en su fallo la inconstitucionalidad de los artículos 172 y 188 del Código Civil “en cuanto impiden que los señores Alejandro Freyre y José María DiBello puedan contraer matrimonio”. El artículo 172 es el que establece que para el casamiento es necesario el consentimiento de “un hombre y una mujer”, mientras que el 182 fija la fórmula de “los declaro marido y mujer”. La sentencia desgrana en quince páginas argumentos jurídicos, sociales y culturales para sostener que negarles la posibilidad de contraer matrimonio a dos personas del mismo sexo es discriminatorio.

El amparo que originó el fallo de Seijas forma parte de la campaña por el matrimonio entre personas del mismo sexo que viene llevando adelante la Federación Argentina de Lesbianas, Gays, Bisexuales y Trans (FALGBT), con el apoyo de otras entidades. Una campaña que empezó en febrero de 2007, cuando María Rachid, presidenta de la FALGBT, y su novia, Claudia Castro, acudieron al Registro Civil porteño a pedir turno para casarse. Tras el rechazo, la pareja presentó un recurso que llegó a la Corte Suprema de Justicia y se encuentra a la espera de sentencia, al igual que sucedió con la pareja formada por Alejandro Vannelli y Ernesto Larrese, cuyo caso recogimos hace unos meses. En este caso, sin embargo, el fallo judicial en primera instancia ha sido favorable a la pareja.

Gustavo López, secretario legal de la FALGBT, ha destacado la solidez de la sentencia. “Es un fallo que va al fondo, toma la cuestión de los derechos civiles y va más allá de la jurisprudencia, está planteado como doctrina judicial, porque brinda una enseñanza sobre el tema, es como si estuviera escribiendo un libro”.