Hace pocos días nos hacíamos eco de la sentencia del Tribunal Supremo que absolvía a cuatro personas que editaban y vendían libros de ideología neonazi al considerar, haciendo una interpretación generosa del Código Penal, que la mera difusión de ideas de odio (antisemitas, racistas, homófobas o de otra índole) no es delito salvo que suponga… Leer el resto →



