"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Ecuador: Nelson Zavala condenado por sus declaraciones homófobas durante las elecciones presidenciales

El Tribunal Contencioso Electoral de Ecuador ha sancionado al candidato del Partido Roldosista Ecuatoriano (PRE), Nelson Zavala, con una multa económica y la pérdida de sus derechos políticos durante un año. La sentencia dictamina que Zavala persistió en sus proclamas homófobas, incumpliendo así la norma establecida por el Consejo Nacional Electoral, que prohibía a los candidatos electorales que realizasen cualquier comentario que afectase a la dignidad de las personas, entre ellas las pertenecientes al colectivo LGTB.

El candidato por el PRE a la presidencia de Ecuador y pastor evangelista Nelson Zavala, fue el menos votado en las pasadas elecciones, con el 1,23% de los votos. Sin embargo, su campaña electoral destacó por la reiteración de sus comentarios en contra de la homosexualidad, a la que definía como un “un severo trastorno de conducta”, llegando a declarar que, en su opinión, “la homosexualidad, como pecado, es una desgracia para el hombre porque pervierte su correcta sexualidad”. El Consejo Nacional Electoral había dictaminado que estaría prohibida “la emisión pública de cualquier expresión que discrimine o afecte a la dignidad de las personas, o utilicen símbolos, expresiones o alusiones de carácter religioso” por parte de los candidatos. Cumpliendo con esta normativa, el CNE abrió un expediente a Zavala por “reincidencia en opiniones que inducen intolerancia a orientación sexual”, remitiéndolo al Tribunal Contencioso Electoral para que lo resolviera. Al tener conocimiento de la apertura del expediente, el entonces candidato espetó al consejo: “¿quién los califica a ustedes para hablar sobre este tema?, ¿son ustedes el organismo apropiado para hablar? o ¿es que dentro del organismo también hay homosexualidad?”.

A pesar de que en su audiencia ante el tribunal del lunes 4 de marzo Nelson Zavala declaraba que “en ningún momento tuvo la intención de afectar los derechos de las personas que tengan una orientación sexual diferente”, la sentencia ha establecido lo contrario, y condenado al excandidato a una multa de 10 salarios mínimos (unos 2.500 euros) y a la pérdida de sus derechos políticos durante un año. Esto significa que durante ese plazo no podrá ejercer cargos públicos,  votar o ser candidato electoral. El político ha declarado que recurrirá la sentencia, reiterándose en el tipo de declaraciones que le caracterizan: “todo es que hablé de homosexualidad y saltaron toditos, seguramente porque dentro del CNE hay homosexuales, dentro del TCE tiene que haber lesbianas y homosexuales; se sintieron aludidos”.

La decisión del tribunal ha satisfecho a activistas LGTB como Pamela Troya, coordinadora del Colectivo Igualdad de Derechos ¡Ya!, que considera que “esta sentencia dictada por el juez Patricio Baca a favor de los ciudadanos ecuatorianos marca un hito en la historia del país, de la región y es un precedente para que en futuras contiendas políticas los discursos sean estructurados en base a conceptos de inclusión y no discriminación”, concluyendo que “Nelson Zavala infringió el mandato constitucional durante todo el proceso de campaña electoral, esto no es una lucha por la religión, sino por el respeto a la Constitución”.

Diversas asociaciones de defensa LGTB han expresado su deseo de que el caso sea remitido a la Fiscalía General del Estado, para que Zavala sea procesado por un delito de odio. En tal caso, podría enfrentarse a penas de entre tres y seis meses de prisión.

Comentarios
  1. ChaniArg.

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