"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La justicia italiana obliga, con carácter inapelable, a inscribir un matrimonio entre dos mujeres celebrado en Francia

Importantísima sentencia de la Corte de Casación (institución que en Italia ejerce las funciones de tribunal supremo), que ha rechazado el recurso del Ayuntamiento de Santo Stefano del Sole contra la inscripción del matrimonio entre Giuseppina La Delfa y Raphaelle Hoedts, dos mujeres que se casaron en Francia en octubre de 2013. La sentencia es inapelable, y supone que el matrimonio entre La Delfa y Hoedts es ya firme en Italia. 

Santo Stefano del Sole, en la provincia de Avellino, se negaba a inscribir el matrimonio de la pareja italo-francesa, razón por la cual esta acudió a la justicia. Una primera sentencia de la Corte de Apelaciones de Nápoles les dió la razón en 2015, argumentando que la Italia no puede desproveer de sus derechos a una pareja legalmente casada en otro estado de la Unión Europea, pero el Ayuntamiento recurrió, argumentando que Italia no permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Ahora la Corte de Casación ha determinado que el procedimiento que siguió la pareja fue el adecuado para registrar un matrimonio celebrado en Francia, y por tanto ha rechazado el recurso y ordenado su inscripción. También ha condenado al Ayuntamiento de Santo Stefano a pagar a la pareja 6.128 euros.

La sentencia, como el propio abogado de la pareja ha reconocido, no entra en el fondo de la disputa sobre el matrimonio igualitario, y su validez afecta solo al caso juzgado. Aún así puede considerarse histórica: se trata de la primera pareja casada en otro país que ve reconocido su estatus en Italia de forma definitiva.

La Delfa-Hoedts: una familia pionera

La pareja formada por Giuseppina La Delfa y Raphaelle Hoedts han hecho de su lucha personal por formar una familia y verla reconocida un hito del activismo italiano. Ya en abril de 2016 nos referíamos a ellas, cuando la Corte de Apelaciones de Nápoles reconoció la doble adopción “cruzada” de sus dos hijos, niña y niño, concebidos mediante reproducción asistida. Cada una de ellas es madre biológica de uno de los hijos, y a su vez cada uno de ellos ha sido adoptado por su madre no biológica en Francia, el mismo país en el que contrajeron matrimonio. Así lo determinaron sendas sentencias de un tribunal de Lille, al norte del país galo. La Corte de Apelaciones de Nápoles estimó que dichas sentencias debían ser plenamente reconocidas en Italia y que por lo tanto la pareja podía inscribir a sus dos hijos en ese país. Y es que el Ayuntamiento de Santo Stefano del Sole, donde reside la familia, también se había negado a tramitar la inscripción.

El espiritu activista les viene de lejos: no en vano Giuseppina La Delfa es una de las fundadoras (y expresidenta) de Famiglie Arcobaleno y miembro de consejo de NELFA (Red Europea de Asociaciones de Familias  LGBTIQ). El abogado de la pareja, que ha llevado ambos procesos, es Alexander Schuster, miembro de ECSOL (Comité Europeo de Derecho sobre Orientación Sexual), una red de juristas en favor de los derechos LGTB.

Italia: la justicia, por un lado; la política, por otro

Tanto las parejas del mismo sexo como las familias homoparentales siguen luchando en los tribunales italianos para ver reconocidos sus derechos, después de que la clase política de ese país haya sido incapaz de legislar en favor de la igualdad plena.

Y aunque el Parlamento italiano aprobó en mayo de 2016 una ley de uniones civiles (la opción del matrimonio igualitario ni siquiera se llegó a plantear), se trata de una norma que quedó sensiblemente descafeinada durante su tramitación y que no reconoce los derechos de homoparentalidad. El entonces primer ministro, Matteo Renzi, cedió ante la presión de los homófobos (incluyendo entre ellos a parte de su propio partido) y aceptó modificar el proyecto inicial retirando la posibilidad de que en el seno de una pareja del mismo sexo uno de los miembros de la pareja pudiese adoptar a los hijos del otro miembro y modificando aspectos simbólicos para acentuar las diferencias entre uniones civiles y matrimonio.

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