"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El juez homófobo Fernando Ferrín Calamita, acusado de prevaricador ante el Supremo

CalamitaTanto el fiscal como el abogado de las afectadas por la actuación de Fernando Ferrín Calamita en un expediente de adopción abierto por un matrimonio de lesbianas creen que el juez no sólo retrasó maliciosamente la adopción, hecho por el que fue condenado el pasado diciembre, sino que prevaricó, es decir dictó resoluciones injustas a sabiendas. Ambos han pedido, en la vista celebrada hoy en el Tribunal Supremo, que se le castigue por ello.

El Tribunal Superior de Justicia de Murcia condenó a Calamita a dos años, tres meses y un día de inhabilitación y a pagar 6.000 euros de indemnización. El fiscal, el abogado de la pareja y el propio condenado recurrieron. Ahora el fiscal sostiene que algunas resoluciones dictadas por Calamita son «inequívocamente prevaricadoras» y revelan que no sólo quería retrasar una adopción «que cumplía todos y cada uno de los requisitos» sino que tenía la «voluntad inequívoca» de dificultarla e impedirla. Fiscalía y abogado de la pareja piden para Calamita 18 años de inhabilitación y multa por prevaricación continuada. De forma subsidiaria, si el Supremo no le da la razón, el abogado de la pareja pide que se le castigue por un delito de discriminación por razón de orientación sexual a tres años de prisión e inhabilitación por cuatro años.

La línea de defensa adoptada por el abogado de Calamita es que la situación era «completamente novedosa» y había «menores en juego» por lo que el juez debía adoptar medidas de excepción. Lo cierto es que, como muy acertadamente señala el artículo de «El País» que recoge la noticia,  la única situación «novedosa» era el hecho de que la niña iba a crecer con dos madres en lugar de con un padre y una madre, posibilidad que el legislador había incluido en el ordenamiento jurídico y que los jueces, en tanto aplicadores de la ley, deben acatar.

Al parecer, en los procesos en que uno de los cónyuges solicita la adopción del hijo biológico del otro -lo que ocurría en este caso, en el que la niña fue concebida mediante inseminación artificial por una de las mujeres- no se necesita procurador. Calamita lo exigió. Tampoco es habitual nombrar un defensor judicial a los menores. Calamita lo hizo «con el peregrino argumento de los intereses contrapuestos de madre e hija», según el tribunal que lo condenó el año pasado.

El juez pidió un informe al equipo psicosocial del juzgado. Como no le gustaron los resultados (psicóloga y trabajadora social concluyeron que la niña estaba perfectamente), preguntó por «la influencia sobre la menor de carecer de figura paterna y tener dos maternas», «la probabilidad de que la menor salga homosexual visto el ejemplo» y sobre el «derecho del menor a ser insertado en familia ‘normal». También  decidió cuestionar ante el Constitucional la ley que permite el matrimonio entre personas del mismo sexo. Todos estos trámites retrasaron innecesariamente la adopción.

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