"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El adelanto electoral impedirá la aprobación de la Ley de Igualdad de Trato

El adelanto de las elecciones generales anunciado este viernes por el Presidente del Gobierno, José Luis Rodríguez Zapatero, supone que la anunciada Ley de Igualdad de Trato no verá la luz. Recién iniciada su andadura parlamentaria, la disolución de las Cortes a finales de septiembre impedirá su tramitación completa.

El proyecto de ley incorporaba de forma explícita a la legislación española como condiciones o circunstancias que no pueden ser objeto de discriminación algunas que la Constitución no menciona expresamente, como la orientación y la identidad sexual, entre otras, y era una de las promesas electorales estrella del PSOE en materia de derechos civiles.

Los retrasos en su proceso de gestación, sin embargo, hicieron que el Consejo de Ministros no aprobara el proyecto hasta finales de mayo. Días después, los votos de PP, CiU y PNV en la Mesa del Congreso rechazaban su tramitación urgente, lo que lo situaba en situación de riesgo en caso de adelanto electoral, como finalmente ha sucedido.

Lo que suponía el proyecto

El proyecto de ley actualizaba las definiciones de discriminación directa, indirecta y medidas de acción positiva, e incorporaba al ordenamiento jurídico español la discriminación por asociación y discriminación por error, la discriminación múltiple, el acoso discriminatorio, la inducción, la orden o instrucción de discriminar o la represalia. Introducía, no obstante, una cláusula de salvaguardia (la denominada diferencia de trato no discriminatoria) para permitir, en situaciones concretas, diferencias de trato “derivadas de una disposición, acto, criterio o práctica que pueda justificarse objetivamente por una finalidad legítima y como medio adecuado, necesario y proporcionado para alcanzarla”.

También establecía el derecho a la igualdad de trato y no discriminación en ámbitos de la vida política, económica, cultural y social, como el empleo, la salud, la educación, los servicios sociales o los medios de comunicación social. Un aspecto que recibió en su momento gran atención mediática era la eliminación de las subvenciones públicas a los colegios que segregaran a alumnos y alumnas en clases separadas.

La norma contemplaba además la fusión de organismos dispersos ya existentes en un órgano que pasaba a denominarse ”Autoridad Estatal para la Igualdad de Trato y la No Discriminación”, cuya función hubiera sido prestar asistencia a los afectados y promover fórmulas de mediación o conciliación entre las partes con su consentimiento, así como investigar por cuenta propia la existencia de posibles situaciones de discriminación y ejercitar acciones judiciales. El proyecto establecía también un listado de infracciones y sanciones, que podían llegar hasta los 500.000 euros en los supuestos muy graves.

Un futuro negro

Lo cierto es que las expectativas no son favorables para una legislación de este tipo en España, sobre todo si los pronósticos de las encuestas se confirman y tras las elecciones del 20 de noviembre se produce la victoria del Partido Popular, que se había mostrado contrario a su aprobación. La Ley de Igualdad de Trato será en ese caso un recuerdo de lo que pudo ser y no fue.

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