"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Nuevo caso de violencia intragénero: un hombre mata a su novio y se suicida en Madrid

Arián Pablo Wenstein, de 47 años, se arrojó el martes al vacío desde lo alto del viaducto de la calle Bailén de Madrid, tras matar al que al parecer era su pareja, Mario Aparicio Anaya, de 40 años.  Wenstein, que murió en el acto, iba vestido de mujer, y justo antes de lanzarse comentó su crimen a los transeúntes, aunque sin dar detalles.

Los testigos explicaron a la Policía el relato de la víctima. Finalmente averiguaron cual era su domicilio, en el número 9 de la calle Libertad, en pleno barrio de Chueca, y efectivamente allí encontraron un día después el cadáver de Mario Aparicio Anaya, cosido a puñaladas. La Policía ha iniciado las investigaciones para determinar qué pudo suceder antes del crimen, aunque todo apunta a que se trata de un nuevo caso de violencia el seno de una pareja homosexual o violencia intragénero. La última muerte de este tipo ocurrida en España y recogida en los medios ocurrió en julio, cuando un hombre acababa de varios disparos con la vida de su exnovio y se quitaba posteriormente la vida.

La violencia intragénero es, sin duda, una realidad invisible que sufren muchos gays y lesbianas, como han puesto de manifiesto, por ejemplo, los estudios llevados a cabo por la asociación vasca ALDARTE (puedes descargar aquí un interesante documento con los resultados de una encuesta online a 110 víctimas de este tipo de violencia en 2009). Ante esta realidad, los colectivos LGTB reclaman cada vez más acciones legislativas. El colectivo COLEGAS, por ejemplo, lanzó el año pasado una campaña solicitando la inclusión de las parejas homosexuales en la ley de violencia de género. Otros activistas no creen que esta realidad deba abordarse a través de la ley de violencia de género (concebida específicamente contra la violencia ejercida por el varón contra la mujer) y reclaman medidas específicas.

Una diferencia no tanto penal como en las medidas de protección

Por lo que se refiere al tratamiento penal la justicia sí puede hacer uso de la legislación general contra la violencia doméstica para castigar la violencia intragénero. Una posibilidad que ya despejó en marzo de 2010 la Audiencia Provincial de Cantabria, que aunque no apreció delito de violencia de género en la agresión por parte de una mujer hacia su esposa sí la condenó por un delito de violencia doméstica a siete meses de prisión y a la prohibición de acercamiento a menos de doscientos metros durante dos años. Aquel fallo explicaba no hay restricciones al sexo del agresor hacia una pareja femenina cuando la víctima sea especialmente vulnerable y conviva con el autor/a de la agresión, pudiéndose aplicar el delito de violencia doméstica. Parecido criterio fue aplicado meses después en el caso de un matrimonio gay cuyos cónyuges se agredieron mutuamente y que fueron condenados por sendos delitos de violencia doméstica.

La diferencia fundamental de tratamiento entre la violencia de género y la violencia intragénero, como señala ALDARTE, no es por tanto de tipo penal, sino en el acceso a las medidas de protección de la víctima reguladas por la ley de violencia de género para las víctimas de violencia machista: la posibilidad de acudir a un centro de acogida, cambiar de trabajo y de domicilio, excedencias laborales en el caso de la función pública, ayudas económicas, promoción laboral, etc.

Comentarios
  1. En fin
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  3. Spain_L
  4. En fin
  5. Hijo de tu madre

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