"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La nueva normativa europea sobre herencias transfronterizas dará seguridad a las parejas del mismo sexo que tengan ya reconocidos derechos

Una noticia de alcance, contenida en la letra pequeña de la propuesta legislativa sobre herencias y sucesiones que este martes aprobaba el Parlamento Europeo. Las parejas formadas por nacionales de dos estados miembros o desplazadas en otros países podrán escoger aplicar la legislación que deseen, ya sea la del país de origen o la del país de residencia habitual, a su testamento. Ello incluye a las parejas del mismo sexo, lo que aporta seguridad jurídica a las parejas procedentes de países que reconocen jurídicamente a estas parejas en el ámbito de toda la Unión.

La clave está en el considerando 24 de la propuesta. «En circunstancias excepcionales, los órganos jurisdiccionales y otras autoridades competentes que sustancien sucesiones en los Estados miembros deben, por consideraciones de interés público, tener la posibilidad de descartar determinadas disposiciones de la ley extranjera cuando, en un caso concreto, la aplicación de esas disposiciones sea manifiestamente incompatible con el orden público del Estado miembro de que se trate. Sin embargo, los órganos jurisdiccionales u otras autoridades competentes no deben poder aplicar la excepción de orden público para descartar la ley de otro Estado ni negarse a reconocer o, en su caso, aceptar, o ejecutar una resolución dictada, un acto auténtico o una transacción judicial de otro Estado miembro, cuando obrar así sea contrario a la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea, en particular a su artículo 21, que prohíbe cualquier forma de discriminación«, reza la nueva normativa.

Los diputados han respaldado el nuevo reglamento, fruto de un acuerdo preliminar con el Consejo Europeo y cuyo responsable en la Eurocámara ha sido eurodiputado alemán Kurt Lechner (Partido Popular Europeo) por 589 votos a favor, 21 en contra y 79 abstenciones. Solo queda ya que la norma sea formalmente aprobada por el Consejo para que pueda entrar en vigor. Su objetivo final es evitar las disputas jurídicas entre países en las herencias transfronterizas y acelerar los trámites administrativos.

Conviene saber…

Según informa el comunicado del propio Parlamento Europeo, se introducen dos nuevos principios para tramitar las herencias transfronterizas. Por defecto, si una persona fallece en un país que no es el suyo, la ley aplicable a su herencia será la del último país de residencia habitual. Pero si la persona hace testamento tendrá la opción de elegir acogerse a la normativa del último Estado miembro donde vivió o a la de su país de origen. Con estas normas se busca garantizar la claridad jurídica y evitar que tribunales de distintos Estados miembros se declaren competentes en un mismo caso. «En la práctica, la nueva normativa supondría que, por ejemplo, una española casada con un alemán y que vive en Bélgica pueda escoger aplicar la legislación española (país de origen) o la belga (último país de residencia habitual) a su testamento. Con esto se evitaría un potencial conflicto entre tribunales españoles, belgas y alemanes«, es el ejemplo que la nota utiliza.

Las nuevas normas también introducen un Certificado Europeo de Sucesión diseñado para proteger los derechos de los herederos y de otras partes interesadas, que permitirá acelerar y abaratar los trámites legales en las herencias transfronterizas, aunque su uso no será obligatorio.

La nueva legislación no afectará a las personas que viven en su país de origen. Tampoco exigirá modificar las leyes nacionales que regulan las herencias, la propiedad o los regímenes tributarios, puesto que su objetivo no es armonizar dichos aspectos. Las nuevas normas tampoco se aplicarán en Reino Unido, Irlanda y Dinamarca, países que en virtud de sus tratados de adhesión a la Unión Europea extán exentos de la obligatoriedad de acatar los acuerdos en esta materia.

Puedes acceder al texto aprobado (en castellano) pinchando aquí.

Comentarios
  1. Eleni

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