"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Perú: presentan proyecto de ley que, con importantes limitaciones, permitiría cambio de nombre a personas transexuales (actualizada)

El grupo Alianza Parlamentaria, tercera bancada más numerosa en el Congreso del Perú, ha presentado un proyecto de ley que establece un procedimiento judicial único y simplificado que permitiría el cambio de nombre, entre otras, a las personas transexuales. El proyecto establece, no obstante, importantes limitaciones.

El proyecto (número 01348/2011-CR del 07/20/2012, consultar aquí) tiene por objeto “proteger el nombre como un signo social-formal de identidad y de seguridad jurídica” y propone la modificación del artículo 295 del Código Civil para permitir a los ciudadanos la adición o supresión de sus nombres “por motivos justificados que comprometan gravemente la dignidad y/o la individualización del titular”. Lo interesante es que la norma permitiría también la modificación en el caso de las personas transexuales. En este caso, el proyecto establece un nuevo tipo de proceso no contencioso a cargo de los Juzgados de Familia.

El proyecto, no obstante, contempla importantes limitaciones: la persona que solicita el cambio de nombre no puede estar casada ni tener hijos, debe demostrar que durante no menos de 3 años se ha vivido con una nueva identidad de género y debe haberse sometido a cirugía de reasignación. Al inicio del proceso debe adjuntar «un informe médico, un informe psicológico y un informe psiquiátrico que diagnostique disforia de género y que informe del tratamiento médico para acomodar las características físicas al sexo pretendido y sobre el tratamiento mental durante al menos 6 meses anteriores para asegurar la estabilidad permanente del sexo asumido». La persona que solicita el cambio de nombre debería finalmente ratificar su voluntad en una audiencia privada durante el proceso judicial.

Precisamente hace unos días se conoció la sentencia que tras años de lucha reconocía oficialmente como mujer a Fiorella Cava, conocida figura musical y activista transexual peruana, cuya historia ha puesto sobre la mesa la problemática que supone la inexistencia de un procedimiento que regule la modificación registral del género en los casos de personas transexuales en Perú.

Actualización (25/08/12)

Desde España, la Asociación de Transexuales de Andalucía (ATA) ha considerado el proyecto de ley presentado en Perú como discriminatorio con la dignidad e identidad sexual de las personas transexuales. ATA considera inaceptable que para proceder a la la modificación de su identidad legal se les exija no estar casadas ni tener hijos y se les imponga la cirugía de reasignación, de acuerdo a un modelo que concibe «la identidad sexual solo cuando la genitalidad está en línea con la identidad sexual».

ATA critica además que se someta al colectivo transexual al dictamen de médicos y jueces, lo que supone considerar la transexualidad una enfermedad y que el procedimiento legal propuesto dependa de un proceso judicial en lugar de ser un trámite administrativo. «Invitamos al gobierno de Perú y al grupo Alianza Parlamentaria (…) a que reflexionen y contribuyan en la modificación de dicho proyecto de ley, para que verdaderamente respete la dignidad y el libre desarrollo de la personalidad, así como que prime el sexo psico-social por encima del sexo genital de las personas transexuales», añaden desde ATA.

Comentarios
  1. Mar Cambrollé
    • Georgette
  2. Flick
  3. Mar Cambrollé

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