"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La Registraduría Nacional de Colombia ordena inscribir los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en el exterior

Julián Castro y Julián Artacho registran su matrimonioColombia sigue avanzando, paso a paso, hacia el reconocimiento jurídico pleno de las familias LGTB. Con la adopción homoparental en vías de consolidación, tras dos sentencias favorables de la Corte Constitucional, y a la espera de que el alto tribunal adopte una decisión definitiva sobre el matrimonio igualitario, por primera vez una pareja del mismo sexo casada en el exterior ha podido ver su matrimonio formalmente registrado en suelo colombiano. Se trata de Julián Castro y Julián Artacho, casados en julio de 2013 en Barcelona.

La batalla jurídica comenzó en mayo de 2015, cuando la notaría 11 de Bogotá se negó a registrar el matrimonio de Julián Castro (ciudadano colombiano) y Julián Artacho (ciudadano español) pese a que la ley colombiana estipula que un matrimonio celebrado legalmente en otro país por un ciudadano colombiano se puede registrar en cualquier notaría, registraduría o consulado de Colombia en el exterior. Ante la negativa, la pareja presentó un derecho de petición al que la Registraduría Nacional ha respondido favorablemente, emitiendo una circular que señala expresamente la procedencia de inscribir los matrimonios de las parejas del mismo sexo celebrados en el exterior.

«El matrimonio celebrado en el extranjero por personas del mismo sexo, que haya cumplido con los requisitos generales de la ley foránea y venga debidamente inscrito, es un acto que afecta al estado civil de los contrayentes, sujeto a registro en Colombia, entendido éste como un acto de trámite de naturaleza meramente declarativa», expresa con rotundidad la circular 036/2016 de la Registraduría Nacional, fechada a 2 de marzo. «Razón por la cual, no se considera que una inscripción de un matrimonio celebrado en el extranjero por una pareja de personas del mismo sexo, contravenga los artículos 113 y siguientes del código civil, ya que los interesados en inscribirlo, no pretenden celebrar uno nuevo, sino registrar un matrimonio celebrado fuera de Colombia y según la ley del país respectivo, en donde ya se encuentra inscrito», prosigue el texto.

La circular, que se aplica para la inscripción de cualquier matrimonio legalmente celebrado en el exterior entre dos ciudadanos colombianos o entre un colombiano y un extranjero del mismo sexo, detalla además el procedimiento a seguir, similar al de los matrimonios entre personas de distinto sexo. La circular ha sido enviada a notarías, registradurías, delegaciones departamentales y demás instituciones autorizadas para llevar las funciones de registro civil. La organización Colombia Diversa recomienda en cualquier caso conocer el documento y presentarlo, si es necesario, ante los funcionarios de registro (puedes acceder a ella aquí. En caso de necesitar asesoría, es posible contactar con Colombia Diversa en el correo electrónico familia@colombiadiversa.org).

Castro y Artacho pudieron así por fin registrar su matrimonio el pasado jueves 3 de marzo. Casados civilmente en España, su estado civil es reconocido en Colombia, de forma que sus derechos están ya protegidos en ambos países y podrán acceder, como toda pareja, a ser beneficiarios a la salud y pensiones de su compañero, a la visa de cónyuge o a constituir un patrimonio de familia, entre otros.

Matrimonio igualitario en Colombia: en espera de la Corte Constitucional

La decisión de la Registraduría Nacional se produce mientras el colectivo LGTB colombiano espera con impaciencia la que puede ser histórica resolución de la Corte Constitucional abriendo definitivamente la puerta a la celebración sin cortapisas del matrimonio entre personas del mismo sexo. Un fallo que debe acabar con la incertidumbre jurídica reinante en Colombia, donde el que el matrimonio se celebre o no depende de la interpretación que de una sentencia previa del Constitucional haga el correspondiente juez o notario. Ya el pasado agosto se esperaba una decisión inminente (puedes revisar aquella entrada, en la que repasábamos la situación con detalle).

Pero por el momento, y después de más dos años desde que la cuestión escalase de nuevo hasta el alto tribunal, el fallo sigue sin producirse. Hace pocos días Colombia Diversa lanzaba un mensaje tranquilizador, explicando que al tratarse de una revisión de casos, y no de un fallo de inconstitucionalidad sobre una ley concreta, los plazos no están definidos. Ojalá la espera acabe mereciendo la pena…

Comentarios
  1. Oscar

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