"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Condenados a ocho meses de cárcel por un delito de odio los dos autores de una agresión homófoba en Madrid

Importante sentencia la que este domingo ha dado a conocer la cadena SER y que ha confirmado el Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia. Los dos autores de una agresión homófoba ocurrida hace un año en Madrid han sido condenados a ocho meses de prisión por un delito de odio. Se trata, además, de la segunda condena por odio homófobo conocida en pocos días en la capital de España.  

La víctima fue un joven gay de 18 años que se encontraba junto a unas amigas en la Costanilla de San Vicente, en el céntrico barrio de Malasaña. Un grupo de personas comenzó a a burlarse de su forma de hablar «amanerada” y dos de ellos acabaron agrediéndole físicamente, con puñetazos y patadas. «Es un maricón de mierda, se lo merece», llegaron a decir. Aunque tras la agresión huyeron del lugar, fueron detenidos poco después por la Policía Municipal. Uno de ellos portaba encima un arma blanca.

Los dos agresores fueron ya declarados culpables por juzgado nº 13 de Madrid, y ahora la Audiencia Provincial ha ratificado la sentencia. Han sido condenados, cada un de ellos, a ocho meses de presión por un delito de odio y al pago de una multa de 150 euros por un delito leve de lesiones. La condena incluye inhabilitación por un periodo de tres años para trabajar en el sector educativo. La sentencia considera probado que los dos agresores eligieron a su víctima por su orientación sexual, motivo por el cual les debe ser aplicado el artículo 510 del Código Penal. “La gratuidad de los actos violentos, sin otro motivo que el homófobo, debe ser considerado como un indicio palmario de la concurrencia de un delito de odio”, asegura.

Las tres juezas que han visto el caso han rechazado de plano los argumentos planteados por los condenados, que negaron ser homófobos y aportaron fotografías con banderas arcoíris en actos del Orgullo LGTB. Un dato que para las juezas no es más que el reflejo «de una actitud incoherente” con la homofobia violenta que demostraron esa noche, en la que uno de ellos llegó a espetarle a una de las amigas que acompañaban al chico que «no se metieran» porque las iba «a rajar y a reventar a su amigo maricón».

Aplauso del Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia

La sentencia ha merecido el aplauso del Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia, que ha destacado en su perfil de Twitter la importancia de que considere la «gratuidad» de las agresiones un indicio claro de delito de odio. «La gratuidad como indicio palmario es una herramienta vital para que las denuncias puedan prosperar que la Policía ya tiene en cuenta: si no aportan ninguna razón de por qué lo han hecho y las víctimas sí, hay que tener muy en cuenta a las víctimas», asegura el Observatorio. «Con sentencias como esta se despeja el camino para poder condenar por delito de odio en España», añade.

El Observatorio Madrileño contra la LGTBfobia, promovido por Arcópoli con el apoyo de la Fundación 26 de Diciembre, del colectivo Fuenla Entiende y del Movimiento Contra La Intolerancia, entre otros colectivos y asociaciones, se puso en marcha a principios de 2016. Ofrece acompañamiento y asesoramiento a las víctimas desde el mismo instante en que sufren la agresión y hace un seguimiento del recorrido de la denuncia en los juzgados. Puedes contactar con él a través del teléfono 618 54 71 66 (llamada o WhatsApp), por correo electrónico en delitosdeodio@arcopoli.org y online en la dirección web http://contraelodio.org

Segunda condena por odio homófobo que conocemos en pocos días

Hace escasos días recogíamos otra decisión judicial relacionada con el odio homófobo: el periodista Eulogio López ha sido condenado a seis meses de cárcel y al pago de una multa de 1.800 euros (además de las costas) tras ser declarado culpable de un delito de odio por publicar en YouTube un vídeo que relacionaba homosexualidad y pederastia.

Parece que poco a poco los jueces comienzan a ser sensibles a la realidad del odio por LGTBfobia. Y no está siendo precisamente fácil. También hace pocos días nos hacíamos eco de lo sucedido en Valladolid, donde un juzgado desestimó el recurso de dos chicos que sufrieron el pasado junio una agresión de tintes homófobos, circunstancia que ni la jueza ni la Fiscalía quisieron tener en cuenta, y que finalmente consideraron simplemente un delito de lesiones leves. Recordábamos entonces lo sucedido meses antes en Alicante, donde la justicia también se negó a reconocer la existencia de un delito de odio por homofobia en la agresión a una pareja gay ocurrida en Moraira (el agresor, antiguo compañero de instituto de uno de los agredidos y que nunca aceptó de buen grado su orientación sexual, continuó luego su acoso en redes sociales). O en 2016 en Madrid, donde la justicia consideró que no había homofobia en llamar a un grupo de chicos gais “maricones de mierda” y agredirlos físicamente (y ello pese a que la propia sentencia reconoció ambos hechos como probados). Por no hablar de aquellos ataques en los que no ha habido propiamente agresión física, pero sí una campaña de odio perfectamente planificada, como ha sido el caso de la campaña tránsfoba de HazteOír.

Quizá haya sido solo casualidad, pero estas dos sentencias arrojan al menos un poco de luz sobre un panorama sombrío. Confiemos en que sea solo el principio.

Comentarios
  1. Rac
  2. Alex
    • Rac

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