"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El Tribunal de Justicia de la Unión Europea comienza a estudiar el caso de la pareja casada en Bélgica cuyo matrimonio no reconoce Rumanía

Importante noticia la que hemos conocido esta semana: la Corte Europea de Justicia comenzó a examinar el martes pasado el caso de una pareja del mismo sexo casada legalmente en Bélgica, pero cuyo matrimonio no reconocen las autoridades de Rumanía. La resolución de este caso, que se conocerá previsiblemente el año que viene, podría sentar un importante precedente para la libertad de circulación de las personas LGTB en el territorio de la Unión Europea. Una sentencia positiva obligaría a todos los estados miembros a reconocer los matrimonios y uniones civiles legalmente celebrados en otros países de la Unión.

La Justicia europea ha empezado a deliberar sobre un asunto cuya resolución podría traer profundas consecuencias para las parejas del mismo sexo. En dosmanzanas hemos informado del caso que llevan adelante Adrian Coman, un ciudadano rumano, y su marido estadounidense Robert Hamilton, casados legalmente en Bélgica. La pareja presentó una demanda ante las autoridades rumanas por negarse a reconocer su matrimonio. Esta falta de reconocimiento legal impide a Hamilton obtener permisos de residencia y de trabajo y, por tanto, permanecer más de tres meses seguidos en el país.

Tras un ya largo proceso judicial, en noviembre del año pasado el Tribunal Constitucional rumano anunciaba un nuevo aplazamiento para que los jueces pudieran consultar el caso con el Tribunal de Justicia de la Unión Europea. La propuesta partió de los demandantes, que argumentan que se trata de un asunto relacionado con la libre circulación de personas en territorio europeo que ha sido vulnerada en su caso. La clave reside en dilucidar si una pareja casada del mismo sexo tiene derecho a que se le aplique la normativa europea sobre reunificación familiar, toda vez que uno de sus miembros es un ciudadano comunitario.

Casi un año después, la Corte Europea de Justicia (uno de los dos órganos que conforman el Tribunal de Justicia de la Unión Europea) ha anunciado que la Gran Sala se hará cargo de las deliberaciones, que comenzaron la semana pasada. Se trata de una sala en la que participan quince jueces de otros tantos Estados miembros y solo resuelve asuntos de especial complejidad y relevancia. La resolución, que previsiblemente se conocerá ya en 2018, podría sentar un importante precedente para muchas parejas perjudicadas en su derecho a la libre circulación en la Unión Europea por culpa de las legislaciones nacionales discriminatorias.

Concretamente, podría tener consecuencias para los únicos seis Estados miembros que actualmente carecen de cualquier reconocimiento de las parejas del mismo sexo: se trata, además de Rumanía, de Bulgaria, Eslovaquia, Letonia, Lituania y Polonia. Una sentencia favorable para los demandantes podría obligar a estos países a reconocer a las parejas del mismo sexo legalmente casadas o unidas civilmente en otros Estados de la Unión cuando al menos uno de los cónyuges sea ciudadano de un Estado miembro. Situaciones como la aquí descrita, o como la del ciudadano lituano casado en Dinamarca con un hombre de nacionalidad bielorrusa al que las autoridades lituanas denegaron el permiso temporal de residencia, pasarían a ser parte del pasado.

Se trata de la primera vez que el Constitucional rumano acude al Tribunal de Justicia de la Unión Europea, lo que hace difícil hacer un pronóstico sobre el resultado final. Del alto tribunal con sede en Luxemburgo han salido sentencias favorables para los derechos LGTB, como la que prohibió las pruebas denigrantes para los solicitantes de asilo homosexuales o la que equiparaba los derechos laborales de las parejas del mismo sexo a las que se prohíbe el matrimonio con los de las parejas casadas. Otras han sido más decepcionantes, como cuando hace dos años consideraba considera lícito que se pueda prohibir a los gais donar sangre.

Un proceso paralelo a la convocatoria del referéndum

De manera paralela al contencioso de Coman y Hamilton, se está desarrollando en Rumanía un proceso por la prohibición a nivel constitucional del matrimonio igualitario. El Tribunal Constitucional de Rumanía dio su visto bueno en julio del año pasado a la iniciativa popular de referéndum sobre el asunto promovida por la Coalición por la Familia —un grupo de asociaciones respaldado por la Iglesia ortodoxa— que reunió más de 3 millones de firmas. La propuesta obtuvo así luz verde para su tramitación en el Parlamento. Para que la iniciativa prospere, debe ser aprobada por los representantes de las dos cámaras que constituyen el Parlamento rumano, y después ser sometida a consulta popular.

En mayo de este año, la Cámara de Diputados aprobaba la medida por 232 votos a favor, 22 en contra y 13 abstenciones, un apoyo superior a los dos tercios que se necesitan para una reforma de este tipo y en septiembre, el gobernante Partido Socialdemócrata anunciaba la próxima convocatoria de un referéndum que aún no se ha llevado a cabo. Si el plebiscito se produce finalmente y los ciudadanos respaldan la propuesta homófoba, Rumanía engrosaría la lista de países europeos que prohíben constitucionalmente el matrimonio entre personas del mismo sexo, en la que se encuentran Armenia, Bielorrusia, Bulgaria, Croacia, Eslovaquia, Hungría, Letonia, Lituania, Moldavia, Montenegro, Polonia, Serbia y Ucrania.

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