"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La Asamblea Nacional de Cuba se pliega a la presión de los grupos religiosos y renuncia a incluir el matrimonio igualitario en el proyecto de Constitución

El nuevo texto constitucional de Cuba, que se debate actualmente, no incluirá una definición inclusiva del matrimonio. La movilización de los sectores homófobos ha conseguido que se cambie el artículo inicialmente propuesto, en el que el matrimonio era la unión concertada «entre dos personas», sin mención expresa al sexo de los contrayentes. El proyecto actual no cierra totalmente la puerta con una formulación excluyente, sino que soslaya la cuestión y la remite a la futura aprobación de un nuevo Código de Familia, que será sometido a referéndum.

La actual Constitución de Cuba, que data de 1976, define en su artículo 36 el matrimonio como «la unión voluntariamente concertada de un hombre y una mujer con aptitud legal para ello, a fin de hacer vida en común. Descansa en la igualdad absoluta de derechos y deberes de los cónyuges, los que deben atender al mantenimiento del hogar y a la formación integral de los hijos mediante el esfuerzo común, de modo que este resulte compatible con el desarrollo de las actividades sociales de ambos».

En julio de este año, la Asamblea Nacional aprobó una propuesta de reforma amplia de la Constitución. Este proyecto contemplaba una actualización de la definición del matrimonio, que pasaba a ser la unión concertada «entre dos personas», sin mención expresa al sexo de los contrayentes. La intención subyacente tras la reforma de este aspecto, como confirmaba la presidenta del CENESEX (Centro Nacional de Educación Sexual) Mariela Castro, no era otra que posibilitar la extensión del matrimonio a las parejas del mismo sexo. En septiembre, el presidente de Cuba, Miguel Díaz-Canel, se mostró partidario de la nueva definición.

Tras la aprobación unánime del proyecto por los diputados se abrió un proceso de «consulta popular», que concluyó el 15 de noviembre, tras lo cual el texto volverá a la Asamblea Nacional. Los activistas LGTB cubanos temían que durante este proceso se manifestaran con fuerza los grupos de presión homófobos, entre ellos la iglesia católica y las iglesias evangélicas, cuya penetración entre la población también se está produciendo en Cuba. El tiempo ha confirmado sus temores: la movilización reaccionaria ha conseguido que se elimine del borrador de la Constitución la definición igualitaria del matrimonio. Eso sí, el asunto queda abierto y no se ha vuelto a la formulación de 1976.

El artículo en cuestión, de hecho, ha sido el que más opiniones ha recabado, casi una cuarta parte del total. La mayoría de las mismas reclamaban que se mantuviera la actual redacción excluyente. Según la propuesta actual, el nuevo artículo 82 definirá el matrimonio como «una institución social y jurídica. Es una de las formas de organización de la familia. Se funda en el libre consentimiento y en la igualdad de derechos, obligaciones y capacidad legal de los cónyuges. La ley determina la forma en que se constituye y sus efectos».

El secretario del Consejo de Estado, Homero Acosta, informó de que la cuestión de la apertura del matrimonio se decidirá posteriormente, cuando se discuta un nuevo Código de Familia que será sometida a plebiscito. La actual propuesta de reforma constitucional también instaura la figura de las uniones de hecho, remitiendo su regulación a una ley posterior. Los diputados de la Asamblea Nacional se pronunciarán a partir del próximo viernes sobre el texto constitucional, que de ser aprobado se votará en referéndum.

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