"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Tras años de trabajo y lucha de las organizaciones trans y LGTB de Chile, Sebastián Piñera promulga la nueva ley de identidad de género

El presidente de Chile, Sebastián Piñera, ha promulgado este miércoles la nueva ley de identidad de género aprobada en septiembre por el Congreso chileno. Una ley que Piñera consideró «una obligación moral con quienes durante mucho tiempo han sido injustamente discriminados», pero cuya aprobación se demoró cinco largos años. La tenacidad de los colectivos trans y LGTB chilenos, que durante todo este tiempo han luchado contra la resistencia de una parte importante de la clase política y de los sectores sociales y religiosos más conservadores, fuertemente influyentes en el país sudamericano, se ve por fin recompensada.

«Estamos dando un paso en la dirección correcta, un paso adelante para ser una sociedad más justa, más integrada, más respetuosa y que reconozca no solamente en la Constitución, sino que también en la vida diaria, que todos somos iguales en dignidad, en derechos y en deberes», aseguró Piñera, en una ceremonia en el Palacio de la Moneda en la que estuvo acompañado del ministro de Justicia y Derechos Humanos, Hernán Larraín, así como de diversos representantes de colectivos de personas trans y LGTB y sus familias, como Amanda Jofré, OTD Chile, la Fundación Iguales o el MOVILH.

Más de cinco años de espera

La legislación sobre identidad de género comenzó a tramitarse en Chile en mayo de 2013, pero tuvieron que pasar más de cuatro años para que por fin, en junio de 2017, el proyecto recibiera un primer visto bueno del Senado. Sin embargo, lo aprobado entonces suponía pocas mejoras sobre la situación previa, al mantener entre otros aspectos la tutela judicial y la patologización de la transexualidad (exigía informes médicos con carácter obligatorio). Tras la presión y denuncia de los colectivos, el proyecto resultó sensiblemente mejorado a su paso por la Comisión de Derechos Humanos de la Cámara de Diputados. Sin embargo, cuando llegó la hora de votar artículo a artículo la ley, de nuevo los políticos chilenos fallaron a sus conciudadanos LGTB. Por un lado, se rechazó una propuesta que restringía el cambio de nombre y sexo legal a los mayores de 18 años, mientras que por otro, por falta de quórum, también fue rechazado el artículo que definía los pasos que debían seguir los menores de 18 años para rectificar su partida de nacimiento. Niños, niñas y adolescentes trans quedaban así atrapados en un limbo legal de díficil solución. Todo ello con la dificultad añadida de que en marzo comenzaba a trabajar el nuevo Congreso resultante de las elecciones de noviembre de 2017, políticamente muy fragmentado.

Por fortuna, el nuevo Congreso no tardó en revisar de nuevo el proyecto y darle, en este caso sí, un texto coherente, a pesar de ciertos puntos negativos que aún persisten y que los colectivos chilenos trabajarán para ver solventados en un futuro.

La nueva ley chilena de identidad de género se atiene de forma general al principio de no patologización de las identidades trans. Permite el cambio de nombre y sexo legal de los mayores de 18 años y solteros con un trámite simple en el Registro Civil avalado por dos testigos, sin necesidad de intervención judicial, informes médicos o psicológicos o tratamientos. Los menores de entre 14 y 18 años, en cambio, deberán efectuar el trámite ante tribunales de familia, ya sea a través de su representante legal o por sí mismos (si el juez así lo acepta) y la solicitud deberá acompañarse no de informes médicos, pero sí de antecedentes sobre el contexto psicosocial y familiar del adolescente y de su familia. Como puntos especialmente negativos, destaca la ya mencionada exclusión de los menores de 14 años y la prohibición de que las personas casadas puedan acogerse al procedimiento: deberán divorciarse para ver reconocida legalmente su identidad.

La exclusión de los menores de 14 años, denunciada

En este sentido, el MOVILH (Movimiento de Integración y Liberación Homosexual) ya ha denunciado ante el Alto Comisionado para los Derechos Humanos de Naciones Unidas y ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos la exclusión de los menores de 14 años. Hay que tener en cuenta que en enero de este mismo año la Corte Interamericana de Derechos Humanos daba a conocer una contundente opinión consultiva en la que entre otras cosas se considera que el cambio de nombre, la adecuación de la imagen, así como la rectificación a la mención del sexo o género en los registros y en los documentos de identidad para que estos sean acordes a la identidad de género autopercibida es un derecho protegido por la Convención Americana de Derechos Humanos. Como consecuencia, los Estados están en la obligación de reconocer, regular y establecer los procedimientos adecuados para tales fines. Dicha opinión hace además referencia explícita a los niños y niñas trans, aseguando por ejemplo que «esta Corte entiende que las consideraciones relacionadas con el derecho a la identidad de género que fueron desarrolladas supra también son aplicables a los niños y niñas que deseen presentar solicitudes para que se reconozca en los documentos y los registros su identidad de género auto-percibida» (punto 154).

El portavoz del MOVILH, Rolando Jiménez, también ha pedido que el reglamento que desarrolle la nueva ley comience en breve su elaboración con el concurso de todos los movimientos sociales interesados.

El MOVILH dedica la promulgación a las víctimas del odio tránsfobo

El MOVILH ha querido dedicar la promulgación de la ley a las 17 víctimas del odio tránsfobo asesinadas desde el 2002 hasta la fecha en Chile. «Este hito, y este día, lo dedicamos a las 17 víctimas fatales de la transfobia conocidas desde el 2002 a la fecha. Son personas que fueron asesinadas solo por su identidad de género y todas ellas se fueron de este mudo con un nombre y sexo legal que nos las identificaba. Es más, la ausencia de un nombre y sexo legal acorde a la identidad de género, fue el caldo de cultivo para la violencia y el odio que terminó por quitarles la vida. A estos muertos y muertas, les dedicamos este avance con la esperanza de un nunca más», ha expresado esta organización:

Sus nombres son: Pilar Ibáñez Carrasco, Amanda Jofré Cerda, Fernanda Covarrubias, Bárbara Rivero Salazar, Andrea Sánchez Sánchez, Viviana Cuevas Henríquez, Moria Donaire González, Graciela Carrasco Berríos, Alejandra Albornoz Jiménez, Cinthia González Rodríguez, Camila Guzmán Trujillo, Zaconi Orellana Acevedo, Dilan Vera Parra, Josefa Salazar Almeida, Teresa Ruiz Núñez, Litzi Odalis Parales y Morelia Ferrada Aguilera.

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