"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La justicia condena a un año de inhabilitación al portero que impidió el acceso a una discoteca de Barcelona a una mujer trans

Buena noticia la que nos llega desde los tribunales. El juzgado de lo penal número 27 de Barcelona ha condenado a un año de inhabilitación a un portero de discoteca por impedir el acceso a una mujer trans. Deberá abonar además una indemnización de 350 euros a la denunciante por daños morales.

El episodio de discriminación sucedió en abril de 2017, en una discoteca del Passeig Marítim de la capital catalana. El portero denegó el acceso a la mujer argumentando que su apariencia femenina no concordaba con la imagen que figuraba en su Documento Nacional de Identidad. Cuando un poco más tarde se personó su marido y este insistió, el portero, trabajador de una empresa subcontratada por el local, continuó con su negativa. La pareja, además de cumplimentar la correspondiente hoja de reclamaciones, acudió a una comisaría de los Mossos d’Esquadra a denunciar los hechos.

Ahora el juez ha dado la razón a la denunciante, al considerar probado que la razón por la que se le denegó el acceso fue su condición de mujer transexual. En este sentido, la sentencia no otorga ningún peso al argumento de la defensa, según el cual el portero sospechaba que la mujer era una ladrona.

La sentencia, ante la que cabe recurso, condena al portero a un año de inhabilitación profesional y al pago de una indemnización de 350 euros a la demandante, así como al pago de las costas. La discoteca ha sido declarada responsable civil subsidiaria.

Desde el Observatori contra l’Homofòbia, que desde un principió acompañó y prestó asesoramiento a la mujer, se muestran satisfechos con el hecho de que el portero haya sido condenado por la vía penal pero al mismo tiempo reclaman una mayor contundencia por la vía administrativa, así como la imposición de sanciones más elevadas. Cabe recordar, en este punto, que la ley catalana contra la LGTBfobia contempla un amplio repertorio de sanciones que apenas se están aplicando (al menos hasta hace un año solo se habían impuesto tres sanciones pese a haber sido comunicadas hasta entonces 110 incidencias presuntamente LGTBfobas).

En cualquier caso, nos felicitamos por esta condena. Confiemos en que sea una muestra de que poco a poco la justicia española está dejando de ser ciega ante todos los episodios de discriminación por LGTBfobia, y no solo ante las agresiones físicas más llamativas o mediáticas.

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