"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

CESIDA denuncia que criminalizar la transmisión del VIH pone en riesgo la salud de la población

Un hombre absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid al transmitir el VIH a su mujer y a la hija de ambos porque usaba preservativo, ha sido finalmente condenado por el Tribunal Supremo (TS) a un año de cárcel y al pago de 50.000 euros de indemnización por dos delitos de lesiones imprudentes.

Según el relato de los hechos probados por la sección primera de la Audiencia madrileña, se especificaba esa rotura de preservativos en las relaciones sexuales de la pareja, lo que es definido por el Supremo como «un comportamiento descuidado». La sentencia aprecia los requisitos de «previsibilidad» y «evitabilidad» en la acción del acusado, que tiene una relación directa con la transmisión del VIH a la mujer.

En este sentido, la Coordinadora Estatal de VIH/sida, CESIDA, defiende que no se puede atribuir toda la responsabilidad a las personas con VIH, ya que el otro miembro de la pareja también tiene responsabilidad sobre su salud y la de los demás, por eso es necesario hablar de corresponsabilidad. “La criminalización de la transmisión del VIH y de las conductas de riesgo es contraproducente para dar respuesta a la epidemia, ya que aumenta el estigma y la discriminación hacia las personas con VIH y fomenta la ocultación de la epidemia, frenando así los esfuerzos de prevención y la normalización de la prueba del VIH. Además, con sentencias como ésta lo que se pretende es que la persona con VIH haga público su seroestatus, pero sin garantizar que se cubran todos sus derechos y se asegure que no se producirán situaciones de estigma y discriminación”, señala Juan Ramón Barrios, miembro de la Comisión Ejecutiva de CESIDA.

En la actualidad la penalización de la transmisión del VIH sólo está justificada en casos muy poco habituales en los que hay intencionalidad de dañar, “pero esto es muy difícil de demostrar, porque no se puede tener relaciones de riesgo consentidas y luego pedir responsabilidades a la otra persona, ya que la prevención es cosa de las dos personas. Por eso la vía judicial no es una solución para estos casos y lo fundamental para evitar futuras infecciones es potenciar la prevención, impulsar la normalización de la prueba del VIH, luchar contra el estigma y la discriminación y defender los Derechos Humanos”, afirma Juan Ramón.

CESIDA recuerda que el VIH es una infección de declaración NO obligatoria y bajo ningún concepto se puede obligar a una persona a contar el estado de su salud sin que queden completamente garantizados todos sus derechos, porque según esta sentencia, se vulneraría el derecho a la intimidad de las personas con VIH.

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