"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Concluye la fase de instrucción del juicio por el asesinato de Samuel Luiz con solicitudes de penas de 22 a 25 años de prisión

El juzgado de instrucción nº 8 de A Coruña ha finalizado el pasado 30 de enero la instrucción del caso del asesinato de Samuel Luiz, ocurrido el 3 de julio de 2021. Comienza la fase oral del juicio, que se prevé que tenga lugar antes del verano. Las cinco personas mayores de edad participantes en los hechos son acusadas de asesinato, al apreciarse las circunstancias agravantes de alevosía y ensañamiento. La Fiscalía y las acusaciones particulares solicitan penas de prisión de 25 años para los dos acusados que iniciaron el crimen, al considerar la agravante de discriminación por orientación sexual, y de 22 años para los tres restantes. Para uno de ellos, además, se solicita una pena de 5 años por el robo con violencia del móvil de asesinado.

La Audiencia Provincial de A Coruña celebrará antes del verano el juicio oral del caso del asesinato de Samuel Luiz, tras darse por concluida la fase de instrucción. El juez instructor ha estimado que existen indicios suficientes para que la acusación de los cinco implicados sea por el delito de asesinato y no de homicidio, al apreciar las circunstancias agravantes de alevosía (imposibilidad de defensa de la víctima) y ensañamiento.

Según el relato del juez instructor, en un primer momento dos de los acusados «con el propósito de causar el fallecimiento» de la víctima, y en todo caso «siendo conscientes» de que sus actos podían causar el fatal desenlace o «admitiendo el riesgo que ello comportaba», le dieron patadas y puñetazos en la cara y en la cabeza, mientras que la mujer acusada en el procedimiento, «en unidad de actuación del ataque», trató de evitar que el posteriormente fallecido fuese auxiliado por una amiga. Según todas las acusaciones, en poco tiempo se unieron a la agresión los otros dos varones que también serán enjuiciados, además de dos menores de edad en el momento de los hechos que ya han sido condenados por un delito de asesinato.

Según sostiene el juez instructor en su auto, «en ese escenario, la víctima se encontraba rodeada y golpeada, inerme, a merced y voluntad de su grupo agresores, en clara situación de inferioridad y desvalimiento, sin posibilidad alguna de defensa». De ahí la agravante de alevosía imprescindible para la acusación por asesinato.

De esta manera, tanto la Fiscalía como las acusaciones particulares han solicitado una pena de 22 años de prisión para los detenidos. A dos de ellos, los iniciadores de la agresión, se les añaden 3 años más por la agravante de discriminación por orientación sexual. Para uno de ellos, se solicitan además 5 años por el robo con violencia del teléfono móvil de Samuel.

Si bien la detención de los acusados se produjo con celeridad, el proceso de instrucción ha sido laborioso. La demora de tres años se debe, principalmente, a las comisiones rogatorias que sido necesario enviar a los Estados Unidos para acceder a las cuentas en redes sociales y aplicaciones similares de los sospechosos. Según declaraciones de los testigos, una vez que los acusados fueron conscientes de que Samuel estaba muerto, se reunieron para acordar eliminar las pruebas que pudieran existir en sus teléfonos móviles y redes.

La situación actual de los detenidos permanecerá igual, tres de ellos seguirán en prisión preventiva y dos (entre ellos la única mujer) en libertad.

En cuanto a los dos participantes menores de edad, fueron condenados por asesinato en abril de 2022 a tres años y medio de internamiento en régimen cerrado en un centro de menores, seguidos de tres años de libertad vigilada, tras llegar a un acuerdo de conformidad entre las partes personadas. Como medida preventiva, los dos permanecían en un centro de menores desde una semana después del crimen, el 11 de julio de 2021, por lo que es muy probable que cuando concluya el juicio oral ya hayan cumplido los tres años y medio de reclusión.

Inequívocamente un delito de odio

El juez instructor ha encontrado indicios suficientes de que hubo un componente de discriminación por orientación sexual en el inicio de la agresión. Por ello dos de los acusados se enfrentan a una circunstancia agravante que puede incrementar la pena de prisión en tres años.

Sin embargo, muy especialmente durante los primeros días tras su muerte, tanto fuentes policiales como medios de comunicación, opinadores, columnistas y participantes en redes sociales (algunos de ellos no precisamente anónimos…) se esforzaron por evitar calificar como homófoba la agresión sufrida por Samuel. Incluso negaban expresamente que así hubiera sido.

Especialmente relevante en la actualidad fue la reacción de la hoy titular del Instituto de las Mujeres, Isabel García, entonces diputada provincial de Valencia y delegada federal LGTBI del PSOE. En su cuenta de la red social Twitter, Isabel García condenaba los hechos pero afirmaba que «No parece ser un asesinato por motivos homófobos».

Los negacionistas del delito de odio se agarraban a argumentos tan endebles como el hecho de que la víctima no hubiera revelado su condición de gay a su familia, sin tener en cuenta sus condicionantes familiares (Samuel, de origen brasileño, pertenecía a una familia de fuertes convicciones evangélicas). O declaraciones de su propio padre, reticente a que el colectivo LGTBI considerase a Samuel un símbolo.

Todo ello como si el hecho de que la víctima de una agresión homófoba no haya verbalizado ante su familia su condición de gay obligase a aportar pruebas extraordinarias de «gaicidad». O como si no supiéramos que las agresiones por LGTBIfobia se dirigen contra toda aquella persona percibida como LGTBI, incluyendo a personas heterosexuales con expresión de género no normativa.

Los hechos según los testigos

Haremos un breve recordatorio de lo sucedido aquella fatídica madrugada del 3 de julio de 2021. Samuel Luiz, un joven auxiliar de enfermería, disfrutaba de la noche en compañía de unos amigos en un local de A Coruña. Cerca de la hora del cierre Samuel salió a fumar junto a una de sus amigas, de nombre Lina. En ese momento hicieron una videollamada a otra amiga, testigo a distancia del inicio de la agresión. Un grupo de jóvenes que se encontraban cerca pensaron que los estaban grabando y les gritaron. Samuel y su amiga intentaron explicarles que no era así, pero uno de ellos le espetó directamente a Samuel «O paras de grabar o te mato, maricón». «¿Maricón de qué?», se revolvió entonces Samuel, antes de recibir varios golpes.

La agresión no se detuvo ahí, pese a que el agresor se alejó de Samuel en ese primer momento. Samuel, consciente y en un estado relativamente bueno pese a las contusiones, pidió a Lina que buscara su móvil, que se le había caído (luego se supo que lo robó uno de los agresores). Instantes después, sin embargo, el agresor volvió acompañado de cerca de una docena de personas, varias de las cuales lo acorralaron y golpearon brutalmente pese a los gritos de horror de su amiga, al grito de «¡maricón de mierda!». Samuel intentó escapar y corrió durante unos 200 metros, pero los agresores lo alcanzaron, lo derribaron y continuaron pateándolo con saña, hasta que quedó inconsciente y se dejó de mover. En ese momento los agresores se dispersaron. Dos jóvenes senegaleses, Ibrahima Diack y Makate Ndiaye, intentaron defender a Samuel durante la paliza, pero no pudieron hacer nada ante la turba y de hecho Ibrahima recibió varios golpes. Aunque los profesionales sanitarios intentaron reanimarlo de forma denodada, Samuel fallecía esa misma noche debido a la gravedad de los golpes recibidos. Además del traumatismo craneoencéfalico severo, presentaba contusiones y hematomas por todo el cuerpo.

La Policía Nacional pudo identificar, durante los días siguientes, a la mayor parte del grupo agresor. Utilizaron para ello las declaraciones de varios testigos (al menos uno de ellos conocía de vista a alguno de los agresores), además de imágenes grabadas con móviles por algunos testigos e imágenes de las cámaras de vigilancia de la zona. El hecho de que en ese momento en Galicia fuese necesario dar el DNI para acceder a locales de ocio debido a la pandemia de covid-19 fue también de ayuda. Las pruebas de ADN también fueron importantes para reforzar la acusación de algunos de los detenidos.

Comentarios
  1. Paula

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