"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Chile: el caso de tres parejas gais casadas en el extranjero llega al Tribunal Constitucional

El pasado jueves 28 de julio, el Tribunal Constitucional de Chile dedicó por primera vez una audiencia a tratar el tema del matrimonio entre personas del mismo sexo. El alegato fue defendido por el Movimiento de Integración y Liberación Homosexual (MOVILH), cuyos abogados Jaime Silva y Fernando Muñoz, en representación de tres parejas gays casadas en el extranjero, argumentaron que la prohibición de tal vínculo en Chile contraviene los principios de igualdad garantizados en la Constitución. Se espera que el alto tribunal se pronuncie en un mes.

Los abogados representaban a tres parejas gais casadas en el extranjero: César Peralta y Hans Arias, Víctor Arce y Miguel Lillo (ambas parejas casadas en Argentina) y Stephane Abran y Jorge Monardes (casados en Canadá). Tres parejas a las que el pasado septiembre el Registro Civil negó la posibilidad de formalizar su matrimonio en Chile porque el artículo 102 del Código Civil lo acepta sólo entre un hombre y una mujer y el artículo 80 de la Ley de Matrimonio Civil sólo reconoce los vínculos contraídos en el extranjero si se trata de un hombre y una mujer.

Las parejas, el MOVILH y sus abogados presentaron un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Santiago, alegando que la prohibición al matrimonio igualitario contraviene la Carta Magna. Ese mismo día el Movilh organiza una marcha hasta el Tribunal Constitucional. En un hecho inédito, la Corte de Apelaciones de Santiago decidió  consultar al Tribunal Constitucional sobre la prohibición del matrimonio igualitario, demostrando con ello sus dudas sobre la constitucionalidad de la norma. En enero el Tribunal Constitucional aceptó la tramitación del requerimiento, que culminó el pasado jueves con la audiencia referida.

En su presentación, Silva y Muñoz hicieron hincapié en que dichas normas contravienen, entre otros, los artículos 1 y 19 de la Constitución chilena, que garantizan la igualdad legal y de derechos de todos los ciudadanos. Los juristas añadieron que el matrimonio es una ley de la República, no un sacramento, y que el Tribunal Constitucional tiene la responsabilidad y una histórica posibilidad de hacer valer el principio constitucional de igualdad. «Somos familia y merecemos los mismos derechos que todos los ciudadanos. No estamos exigiendo privilegios, sino que la igualdad que merece cada persona, al margen de su orientación sexual e identidad de género”, manifestaron las parejas gays representadas tras finalizar la audiencia.

“El Tribunal espera tener un fallo sobre nuestras demandas en el plazo de un mes. Para nosotros es clara la igualdad legal garantizada en la Carta Magna, por lo que esperamos que el Tribunal a cargo de velar porque que ésta se respete, cumpla con la labor que les corresponde”, afirmó por su parte el presidente del MOVILH, Rolando Jiménez. “Esta audiencia fue histórica, pues por primera vez el Tribunal Constitucional abordó el matrimonio igualitario. De esta forma ampliamos significativamente nuestra lucha sobre la igualdad legal, pues pasos con el mismo fin ya hemos emprendido ante el Congreso Nacional”, añadió.

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