"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La Corte Constitucional de Colombia rechaza el recurso del ex procurador general contra el matrimonio igualitario

La Corte Constitucional de Colombia ha rechazado el recurso de nulidad presentado por Alejandro Ordoñez cuando todavía era procurador general contra la histórica sentencia que avaló el matrimonio igualitario en ese país. Ordoñez argumentaba que el alto tribunal había incurrido con dicha decisión en una extralimitación de sus funciones, algo que ahora deniega la Corte.

Desde la Procuradoría General de la Nación, Alejandro Ordóñez ha liderado múltiples batallas contra todos y cada uno de los avances en materia LGTB que se han ido produciendo en Colombia en los últimos años. Ordoñez, cuya reelección como procurador el Consejo de Estado declaró nulo en septiembre, no perdió oportunidad, desempeñando todavía ese cargo, de recurrir la decisión de la Corte, asegurando que esta buscaba «imponer una concepción ideológica» en contra de las creencias de la mayoría de los colombianos. De esta forma, según Ordoñez, la Corte Constitucional se habría extralimitado en sus funciones. “La Corte Constitucional funge más como un órgano constituyente que como órgano constituido, que como tribunal constitucional”, argumentaba en su concepto, según el cual la decisión de permitir el matrimonio igualitario era competencia del legislador.

Argumentos que la Corte Constitucional ha desechado. Se da la circunstancia de que la propia Corte, ya en 2011, consideró que las parejas del mismo sexo constituyen familia y dio un plazo de dos años al Congreso para que legislara su reconocimiento con los mismos derechos que el matrimonio civil, aunque sin imponer expresamente que tuviese que ser a través de la misma figura jurídica. El Congreso hizo oídos sordos y dejó pasar el plazo sin aprobar ninguna norma que garantizase los derechos constitucionales de las parejas del mismo sexo y de sus familias. Comenzó ahí la vía judicial: desatendidas por el poder legislativo, las parejas del mismo sexo comenzaron a recurrir a los jueces, que poco a poco comenzaron a celebrar matrimonios entre personas del mismo sexo. La batalla legal culminaba en 2016 con una nueva decisión de la Corte Constitucional, cuyo ponente fue el magistrado Alejandro Rojas y que fue respaldada por una clara mayoría de 6 a 3, que daba vía libre definitiva al matrimonio igualitario.

La Sala Plena de la Corte Constitucional incluyó en su orden del día del pasado 25 de enero el incidente de nulidad planteado por Ordoñez. Según han adelantado ya los medios de comunicación colombianos, el alto tribunal lo ha rechazado, dando por zanjado el conflicto.

La batalla de la adopción, pendiente aún de un posible referéndum

La igualdad jurídica de las personas LGTB y de sus familias sigue sin embargo recibiendo ataques en Colombia. El más grave en este momento es la iniciativa de referéndum de la senadora liberal Viviane Morales, cuyo objeto es prohibir a parejas del mismo sexo y personas solteras el poder adoptar hijos.

La iniciativa discriminatoria, a la que el Gobierno de Juan Manuel Santos se opone, ha recibido sin embargo el aval del Senado colombiano tras reunir las firmas necesarias. Aún debe pasar el filtro de la Cámara de Representantes, pero también ahí parece altamente probable la luz verde. La propuesta de referéndum deberá debe ser sometida por último a revisión de constitucionalidad por la Corte Constitucional, lo que resulta paradójico ya que los derechos que el referéndum pretender retirar a una minoría fueron reconocidos precisamente por una decisión previa de la propia Corte. Veremos qué sucede finalmente.

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