"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

La Corte Suprema de Trinidad y Tobago dictamina que las leyes que castigan las relaciones homosexuales son inconstitucionales

Gran noticia para los derechos LGTB en el mundo. La Corte Suprema de Trinidad y Tobago ha dictaminado que los artículos de la Ley sobre Delitos Sexuales que penalizan las relaciones homosexuales son inconstitucionales. La jueza Devindra Rampersad, presidenta del tribunal, ha comunicado la decisión con gran elocuencia, llegando a comparar la negación de la humanidad y la dignidad que esos artículos representaban con el apartheid sudafricano y el Holocausto. Así culmina un proceso que comenzó a principios de 2017, cuando el activista Jason Jones decidió denunciar esos artículos de la Ley sobre Delitos Sexuales ante los tribunales, dada la renuncia del Gobierno a derogarlos.

La jueza Devindra Rampersad no ha podido ser más clara en su comunicado: «El tribunal declara que los artículos 13 y 16 de la Ley sobre Delitos Sexuales son inconstitucionales, ilegales, nulos, inválidos y sin efecto, en tanto y en cuanto tipifiquen como delito actos que constituyan una conducta sexual consentida entre adultos». Es decir, solo permancerán en vigor las estipulaciones de estos artículos que afecten a menores.

Los artículos 13 y 16 de la Ley sobre Delitos Sexuales de 1986, modificada por la Ley de Reforma sobre Delitos Sexuales (Ley 31 de 2000), establecían lo siguiente:

Artículo 13. Sodomía.

(1) Quien cometiere sodomía comete un delito y será penado con prisión:

(a) de cadena perpetua, si lo cometiere un adulto sobre un menor de edad;

(b) de 25 años, si lo cometiere un adulto sobre otro adulto;

(c) de 5 años, si lo cometiere un menor.

(2) En este artículo, «sodomía» significa coito anal entre dos varones o de un varón con una mujer.

Artículo 16. Indecencia grave.

(1) La persona que cometiere actos de indecencia grave sobre o hacia otra persona, comete delito y será penado con prisión:

(a) de 10 años en la primera ocasión y de quince años en caso de reincidencia, si lo comete hacia o sobre un menor de dieciséis años;

(b) de 5 años, si lo comete hacia o sobre una persona de al menos dieciséis años.

(2) El aparatado (1) no se aplica a los actos de indecencia grave cometidos en privado entre:

(a) un marido y su esposa; o

(b) un varón y una mujer, contando ambos con al menos 16 años de edad y con mutuo consentimiento.

(3) Un acto «de indecencia grave» es un acto distinto de las relaciones sexuales (ya sean naturales o contra natura) en el que la persona utiliza sus órganos genitales con el objetivo de excitar o satisfacer el deseo sexual.

El Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas, en sus exámenes periódicos, había recomendado repetidamente al Gobierno de Trinidad y Tobago la derogación de cualquier ley que penalizara a las minorías sexuales, sin embargo, la respuesta de las autoridades isleñas siempre fue negativa. Además, como miembro de la Asamblea General de la Organización de los Estados Americanos (OEA), Trinidad y Tobago suscribió todas las resoluciones sobre Derechos Humanos, Orientación Sexual e Identidad y Expresión de Género adoptadas por este órgano desde 2008, pero desde 2013 exigió que se anotara a pie de página que no podía sumarse al consenso, puesto que contravenía su legislación nacional al respecto.

Dada la renuencia del Gobierno a acabar con la discriminación, el activista Jason Jones decidió presentar en febrero de 2017 una demanda de inconstitucionalidad contra los artículos 13 y 16 la Ley sobre Delitos Sexuales ante la Corte Suprema de Trinidad y Tobago, con sede en Puerto España. Representado por los abogados Richard Drabble, Rishi Dass y Antonio Emmanuel, en la denuncia hacía constar que «la existencia misma de estos artículos afecta continuada y directamente la vida privada del demandante, al obligarlo a respetar la ley y a abstenerse —incluso en privado con parejas masculinas que dan su consentimiento— de participar en actos sexuales prohibidos a los que está inclinado en razón de su orientación homosexual, o a cometer los actos prohibidos y, por lo tanto, ser objeto de enjuiciamiento penal». Tras la presentación de la denuncia, Jason Jones fue objeto de insultos e incluso de amenazas de muerte a través de la redes sociales. El activista, sin embargo, hizo caso omiso y continuó con su empeño.

Finalmente, este 12 abril la Corte Suprema ha dictaminado a su favor. Los jueces del alto tribunal opinan que la sociedad es desafortunada cuando, de una u otra manera, valora a las personas o las identifica en función de su raza, color, sexo, edad u orientación sexual. También han considerado que negar a una minoría su derecho a la humanidad y a la dignidad humana es continuar con el tipo de pensamiento experimentado durante el apartheid en Sudáfrica y el Holocausto en Alemania. La resolución completa será publicada en el plazo de tres meses.

Jason Jones ha acogido el dictamen con gran satisfacción. En su cuenta de Twitter escribía: «¡Victoria! ¡Muchas gracias a todos por los mensajes de apoyo! ¡Lo hemos conseguido! ¡¡¡Hemos logrado la igualdad!!!».

La activista Kenita Placide valoraba además la importancia que la sentencia pueda tener para los países del entorno. «Los jueces se han ubicado en el lado correcto de la historia en este caso, al anular la ley de sodomía y dictaminarla como inconstitucional», afirmaba, «con estas resoluciones positivas en Belice y Trinidad y Tobago se impulsará a otras países de la región».

Sin embargo, también se han oído voces de disconformidad. Durante la mañana del día 12, en espera del dictámen, se congregaron ante el edificio de la Corte Suprema no solo las personas LGTB interesadas en la resolución, sino también miembros de grupos religiosos —cristianos y muslmanes— contrarios a la despenalización de las relaciones homosexuales. Yasin Abu Bakr, líder del grupo islámico Jamaat al Muslimeen, evidenciaba su intolerancia y fanatismo con las siguientes declaraciones: «Independientemente de lo que ocurra, nuestra posición sigue siendo la misma. Hay muchos ejemplos, tanto para los que son cristianos como para los que somos musulmanes, del desagrado de Dios por este tipo de comportamiento. Si no apareciera en las Escrituras, sería una cuestión de opinión, pero no es una cuestión de opinión. Es algo que las Escrituras califican de abominación. ¿Acaso vamos a invocar el desagrado de Dios?».

Como bien señalaba Kenita Placide, el Tribunal Superior de Belice despenalizó las relaciones homosexuales en 2016. Sin embargo, en el continente americano aún están penalizadas en Antigua y Barbuda, Barbados, Dominica, Granada, Guyana, Jamaica, San Cristóbal y Nieves, San Vicente y las Granadinas y Santa Lucía, en su mayor parte debido a las leyes de la herencia colonial británica. Esperemos que esta nueva resolución favorable a los derechos LGTB de pie a otras semejantes por todo el continente.

Comentarios
  1. Oscar
  2. Andres Moreno

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