"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos vuelve a condenar a Rusia por prohibir manifestaciones de activistas LGTB

El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha vuelto a condenar a Rusia por impedir el derecho de manifestación del colectivo LGTB. El alto tribunal europeo se remite a sentencias previas similares, en las que ya fue condenada Rusia. Mucho nos tememos que esta nueva condena hará cambiar muy poco a las autoridades rusas, aunque suponga al menos una victoria moral para los activistas LGTB de ese país. Y menos aún cuando el alto tribunal europeo, en este caso, ni siquiera ha impuesto el pago de una indemnización al Estado ruso…

En esta nueva sentencia, el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha agrupado 51 denuncias de varios activistas LGTB rusos (Nikolai Alekseev, Irina Alekseyeva, Kiril Nepomnyashchiy, Aleksei Kiselev, Sofia Mikhailova, Yaroslav Evtushenko e Irina Fedotova), residentes en diferentes rincones del país. A la mayoría de ellos hemos hecho ya referencia en anteriores entradas. En diferentes momentos entre 2009 y 2014, los denunciantes intentaron organizar manifestaciones en favor de los derechos LGTB tanto en Moscú como en algunas otras ciudades rusas, obteniendo en todos los casos la denegación de los permisos por parte de las autoridades locales y el rechazo de los tribunales rusos a las correspondientes apelaciones en fechas posteriores a las de la convocatoria de los actos (en la sentencia puedes encontrar el detalle de cada uno de ellos).

El alto tribunal europeo ha considerado, una vez más, que la prohibición supone una violación de los artículos 11, 13 y 14 de la Convención Europea de Derechos Humanos (referidos a la libertad de reunión y asociación, al derecho a un recurso efectivo y a la prohibición de la discriminación), y recuerda que ya en 2010 condenó a Rusia por las mismas razones. En aquella ocasión falló a favor de las demandas presentadas por la prohibición de la Marcha del Orgullo de Moscú en 2006, 2007 y 2008, estableciendo una sanción total de 29.510 euros en concepto de indemnizaciones por daños y perjuicios, así como de satisfacción de los gastos judiciales. No es, de hecho, la única condena que ha recibido Rusia por este motivo. En febrero del año pasado fue por prohibir dos Marchas del Orgullo LGTB en San Petersburgo y otro acto en Moscú. El alto tribunal condenó entonces al Gobierno ruso a indemnizar a los demandantes de San Petersburgo con 27.500 euros por daños y perjuicios, más 7.500 euros por gastos judiciales, mientras que en el caso de Moscú fijó la indemnización en 7.500 euros.

Cabe destacar como punto negativo, sin embargo, que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha decidido en esta ocasión no compensar económicamente a los demandantes, al considerar que el mero reconocimiento de que se violaron sus derechos ya es suficiente recompensa. Es más, aunque no somos juristas, el lenguaje empleado al final de la sentencia parece denotar una cierta comprensión hacia el retraso con el que las autoridades rusas están implementando el derecho de manifestación de las personas LGTB que la sentencia de 2010 les obligaba a respetar. Una opinión de la que ha disentido la jueza suiza, Helen Keller, que considera que la negativa a indemnizar a los demandantes desincentiva a Rusia a hacer los cambios necesarios. Lamentablemente, los otros seis jueces que han juzgado el caso (entre los que por cierto se encuentra la representante española en el alto tribunal europeo, María Elósegui, cuyos antecedentes LGTBfobos son bien conocidos) no han considerado necesario penalizar económicamente al Estado ruso por violar las libertades de sus ciudadanos.

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