"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El Tribunal Constitucional de Portugal rechaza el referéndum sobre adopción homoparental en los términos propuestos por la derecha

Varapalo del Tribunal Constitucional de Portugal a la propuesta de referéndum sobre la adopción homoparental promovida por la derecha portuguesa. Entre otras razones formales (como la exclusión de los residentes en el extranjero) el alto tribunal considera que el formato elegido, que mezclaba dos preguntas distintas (una sobre adopción por parte de uno de los cónyuges de un matrimonio del mismo sexo de los hijos del otro y otra sobre la adopción conjunta) impide avalar la consulta.

La historia es compleja, aunque la intentaremos resumir. La ley portuguesa de matrimonio entre personas del mismo sexo fue aprobada en febrero de 2010, pero incluyendo una cláusula discriminatoria que impide optar a la adopción, y ello pese a que las personas homosexuales solteras sí pueden adoptar. La limitación fue impuesta por el entonces gobernante Partido Socialista (PS) contra el criterio de otros grupos de izquierda y muchos la consideraron inconstitucional, dado que la Constitución portuguesa recoge de forma expresa la no discriminación por razones de orientación sexual. De hecho, la ley fue sometida a revisión por el Tribunal Constitucional por iniciativa del presidente de la República, Aníbal Cavaco Silva, pero curiosamente la prohibición de la adopción quedó fuera de la consulta, para evitar que fuera el único punto declarado inconstitucional.

En febrero de 2012, ya con mayoría de centro-derecha, el Parlamento rechazó acabar con dicha discriminación, pero varios diputados del PS expresaron su intención de promover un nuevo proyecto que legalizara al menos la «coadopción», es decir, la posibilidad de que uno de los cónyuges de un matrimonio entre personas del mismo sexo pueda adoptar a los hijos legalmente reconocidos del otro, para dar seguridad jurídica a las familias homoparentales ya existentes. Así se hizo, y de hecho en mayo de 2013 el ahora gobernante Partido Social Demócrata (PSD), de centro-derecha, permitía que prosperara la iniciativa cuando fue votada en primera lectura.

Una actitud que causó malestar entre las bases más conservadoras del PSD, opuestas a reconocer derecho de parentalidad alguno a las parejas del mismo sexo. Ello derivó en que ocho diputados pertenecientes a las juventudes del partido propusieran convocar un referéndum sobre la materia, para así evitar tener que posicionarse a favor o en contra. El grupo parlamentario del PSD hizo suya la idea, que incluía además la formulación de dos preguntas, e impuso a sus diputados la disciplina de voto. La propuesta de referéndum era así aprobada por 103 votos de los socialdemócratas contra 93 votos del Partido Socialista (PS), BE (Bloque de Izquierda), PEV (Verdes) y Partido Comunista. El CDS-PP, partido situado aún más a la derecha del PSD y que forma parte de la coalición de Gobierno, optó por la abstención, al igual que dos diputados socialistas.

La estratagema del PSD causó malestar entre algunos de sus diputados más progresistas, fue recibida por la oposición con grandes muestras de protesta y fue considerada en cualquier caso un ejercicio de cobardía política. También ha sido muy contestado el hecho de el PSD impusiera un referéndum que no se limitaba a preguntar sobre el proyecto de ley en disputa (la coadopción), sino que además incluía una pregunta sobre la adopción conjunta, posibilidad que el proyecto ni siquiera contempla.

«No» a preguntar por coadopción y adopción a la vez

Para que se celebre un referéndum en Portugal, sin embargo, es necesario el visto bueno del Tribunal Constitucional y del presidente de la República. Y el pronunciamiento del Constitucional ha sido claro, al considerar que no debe preguntarse al mismo tiempo sobre la coadopción, «donde existe una familia ya constituida de facto» y sobre la adopción conjunta, «donde se pretende constituir una familia ex novo». El alto tribunal considera que el hecho de juntar ambas preguntas genera «ambigüedad» y que la respuesta a una de las preguntas puede generar un efecto de «arrastre», de forma que una contamine a la otra.

Tras el dictamen del Constitucional, el presidente Aníbal Cavaco Silva se ha apresurado a devolver la patata caliente al Parlamento para que decida qué hacer sin entrar en valoraciones políticas. Está por ver que sucederá ahora. El PSD puede decidir hacer una nueva propuesta de referéndum limitada a la coadopción o hacer caso al resto de formaciones y regular el tema a través de una ley discutida y aprobada en el Parlamento.

Los activistas LGTB han recibido con prudente alivio el dictamen del Constitucional, que acentúa su convencimiento, ya expuesto cuando se aprobó la propuesta de referéndum, de que este no llegará nunca a celebrarse y de que lo sucedido no es más que una estrategia del PSD para demorar en el tiempo una decisión que le resulta incómoda.

Comentarios
  1. Mauricio Lizcano
  2. Javier Víllora

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