"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Andalucía compensará a los homosexuales represaliados durante el franquismo

La Junta de Andalucía tiene previsto dignificar a las personas homosexuales que fueron encarceladas y sufrieron la represión franquista, siguiendo el mismo modelo que ha utilizado recientemente para compensar a las mujeres que fueron vejadas por ser republicanas o mujeres de republicanos (rapadas, paseadas en público y obligadas a beber aceite de ricino, entre otras humillaciones).

Así lo anunció en su momento Juan Gallo, comisario de la Memoria Histórica de Andalucía. Las indemnizaciones, independientes a las ya reconocidas por el Gobierno de España, convierten a Andalucía en la primera comunidad autónoma que hace este reconocimiento. En el caso de las mujeres republicanas, lo que se ha habilitado es una ayuda económica única de 1.800 euros.

Si bien no se conocen los aspectos concretos del decreto que regulará la compensación, probablemente se aplicará a todas aquellas personas que por su orientación sexual o identidad de género sufrieron vejaciones en virtud de la denominada ley de vagos y maleantes. Una ley que tiene su origen en el periodo republicano pero que se mantuvo durante el franquismo, que en 1954 añadió una modificación específica con el objetivo de incluir la homosexualidad entre las causas de persecución (ver en negrita, a continuación):

«Artículo segundo. -Número segundo-. Los homosexuales, rufianes y proxenetas. (…).

Artículo sexto. -Número segundo-. A los homosexuales, rufianes y proxenetas, a los mendigos profesionales y a los que vivan de la mendicidad ajena, exploten menores de edad, enfermos o lisiados, se les aplicarán para que las cumplan todas sucesivamente, las medidas siguientes:

a) Internado en un establecimiento de trabajo o colonia agrícola. Los homosexuales sometidos a esta medida de seguridad deberán ser internados en instituciones especiales y, en todo caso, con absoluta separación de los demás.

b) Prohibición de residir en determinado lugar o territorio y obligación de declarar su domicilio.

c) Sumisión a la vigilancia de los delegados».

La ley fue sustituida en 1970 por la ley sobre peligrosidad y rehabilitación social, que perseguía en términos parecidos la homosexualidad, incluyendo penas de hasta cinco años de internamiento en cárceles o manicomios.

Esta ley, junto con la escándalo público, fueron las utilizadas para acosar a aquellas personas LGTB que resultaban incómodas para la sociedad de la época durante los últimos años del franquismo e incluso primeros años del periodo postfranquista. Las referencias a la homosexualidad no fueron eliminadas hasta 1979 ( de la ley de peligrosidad y rehabilitación social) y 1983 (de la de escándalo público).

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