"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Continúa la batalla en Colombia: un juez anula el primer matrimonio gay celebrado por otro juez, decisión que a su vez será recurrida

Prosigue el culebrón en torno al matrimonio entre personas del mismo sexo en Colombia. El juez 39 civil de Bogotá, Eduardo Díaz, ha fallado a favor de la Procuraduría General de la Nación y ha anulado el primer matrimonio entre dos hombres celebrado el pasado 20 de septiembre. Ya se han presentado acciones de tutela contra un segundo matrimonio, así como contra dos uniones celebradas en julio. Desde las organizaciones LGTB se pide calma, conscientes de que la batalla legal se prolongará en el tiempo.

Como informamos esta misma semana, el 20 de septiembre se celebraba en Bogotá el que puede calificarse como primer matrimonio entre personas del mismo sexo de la historia de Colombia entre Julio Albeyro Cantor Borbón y William Alberto Castro (entonces no habían trascendido sus nombres), por obra del juez 48 civil municipal de Bogotá, Juan Carlos Andrés Cerón. Pocos días después, el 25, tenía lugar un segundo matrimonio, esta vez entre dos mujeres (Claudia Zea y Elizabeth Castillo) en Gachetá, localidad cercana a Bogotá, celebrada por el juez Julio González.

Ya en julio se había celebrado una primera unión entre dos hombres, pero en aquella ocasión la jueza Carmen Lucía Rodríguez, aunque reconoció a los miembros de la pareja el estado civil de “casados”, evitó definir la unión celebrada como ”matrimonio”. Un cuarto juez, el 11 civil municipal de Cali, ordenaba también en julio a un notario celebrar una unión entre dos hombres regida «por la normatividad aplicable al matrimonio civil, tanto en sus derechos como en sus deberes, y en las demás prerrogativas que de él deriven”.

Los cuatro jueces, de forma diversa, pretendían dar cumplimiento al mandato de la Corte Constitucional de Colombia, que en una histórica sentencia ratificó en 2011 que las parejas del mismo sexo constituyen familia y dio un plazo de dos años al Congreso para que legislara su reconocimiento jurídico con los mismos derechos que el matrimonio civil. Pasado ese plazo sin que se aprobara una ley, estas parejas podrían legalizar su unión. Un plazo que venció el 20 de junio, después de que el intentó de aprobar una ley de matrimonio igualitario fracasara en el Congreso. Ello generó una situación de incertidumbre que no se ha acabado de resolver. Por un lado, la Unión Colegiada del Notariado de Colombia elaboró, para intentar responder a la exigencia del alto tribunal, un modelo de contrato denominado “formalización y solemnización del vínculo”, institución jurídica inexistente en las leyes de Colombia y que los colectivos LGTB rechazaron. La clave pasaron a ser entonces los jueces.

Pero como ya adelantábamos en nuestra anterior entrada, la Procuradoría General de la Nación, institución que encabeza el homófobo Alejandro Ordoñez, está dispuesta a plantear la batalla caso por caso hasta sus últimas consecuencias. Por lo pronto, ya ha conseguido que un primer juez, Eduardo Díaz, anule el matrimonio celebrado el 20 de septiembre. Su argumento es que el Código Civil de Colombia sigue definiendo al matrimonio como la unión entre un hombre y una mujer y que por tanto su compañero se extralimitó al admitir el matrimonio de dos hombres, debiéndose a haber limitado a solemnizar “mediante acto formal la decisión de unir sus vidas con el fin de vivir juntos». «Lo que la Corte en definitiva decantó es que las personas involucradas tienen derecho constitucional a constituir una familia mediante un acto contractual solemne y formar ante un juez o notario”, opina el juez.

La anulación va a ser recurrida de inmediato

Desde las organizaciones LGTB, conscientes de que este proceso no deja de ser el previsible, piden calma. Colombia Diversa ha hecho pública la siguiente aclaración, que reproducimos literalmente, en la que entre otras cosas se anuncia la presentación de un recurso ante un tribunal superior:

Les informamos a todas las parejas casadas y a la opinión pública:

  1. Todos los matrimonios que se hayan celebrado en el país por medio de los jueces civiles SIGUEN VIGENTES.
  2. La acción de tutela fallada por el juez 39 civil del circuito, solo afecta a una pareja. Y esa decisión será apelada y revisada ante por la Sala Civil Superior de Bogotá.
  3. Las parejas del mismo sexo pueden seguir haciendo solicitudes de matrimonio civil en todo el país porque los jueces civiles son AUTÓNOMOS E INDEPENDIENTES.
  4. COLOMBIA DIVERSA seguirá asesorando a las parejas que quieran casarse, que estén casadas o cuyos procesos de matrimonio estén siendo obstaculizados por la Procuraduría.
  5. Si conoce casos de parejas del mismo sexo a los cuales les estén negando su derecho, por favor escríbanos a matrimonioigualitario.org
  6. La tutela interpuesta recientemente por la Procuraduría NO ANULA TODOS LOS MATRIMONIOS.

También han reaccionado ya políticos favorables a los derechos LGTB. La concejala bogotana Angélica Lozano (Progresistas) ha declarado que «el abuso de poder que viene ejerciendo la Procuraduría para interponerse en los matrimonios igualitarios es inaceptable, como es inaceptable que este abuso se concrete en decisiones improcedentes como esta». El senador Armando Benedetti (Partido de la U), principal promotor del proyecto de matrimonio igualitario que hace unos meses fracasó en el Congreso, ha afirmado por su parte que «esta no será ni la primera ni la última decisión que tome un juez en contra de las parejas del mismo sexo. Por eso he insistido que el camino para lograr la efectiva protección de los derechos fundamentales de las parejas homosexuales es una revisión de todos los expedientes de tutela en este sentido ante la Corte Constitucional».

De hecho, todo apunta a que el culebrón no tendrá fin hasta que la Corte Constitucional se vea obligada a pronunciarse de nuevo sobre la materia y despeje, en un sentido u otro, las dudas que dejó su sentencia de 2011.

Comentarios
  1. Jorge Daniel
  2. Nazareno

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