"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

Un juez federal de Luisiana rompe la tendencia y considera constitucional que los estados prohíban el matrimonio igualitario

Todos los analistas coincidían en que tenía que suceder en algún momento, y finalmente ha sido este miércoles 3 de septiembre. Por primera vez desde la histórica sentencia del Tribunal Supremo de Estados Unidos declarando inconstitucional la sección 3 de la DOMA (Defense of Marriage Act), la norma que prohibía a la administración federal reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, un juez federal ha considerado que el hecho de que un estado prohíba el matrimonio igualitario no viola la Constitución de los Estados Unidos. Ha sido -posiblemente no podía ser de otra manera- en Luisiana, un estado del sur profundo. El propio juez, en su sentencia, reconoce no obstante que otras instancias superiores pueden decidir lo contrario.

El juez Martin Feldman es el primero de los numerosos jueces federales que se han pronunciado sobre la materia que en su sentencia (a la que puedes acceder pinchando aquí) considera que la libertad de los estados para legislar el matrimonio está por encima de las consideraciones de los demandantes, y que la prohibición del mismo a las parejas del mismo sexo no supone una violación del derecho al debido proceso y a la igual protección garantizados por la 14ª Enmienda a la Constitución de los Estados Unidos. En este sentido, Feldman adopta un criterio contrario al que anteriormente han adoptado jueces federales de Colorado, FloridaIdaho, Indiana, Kentucky, Michigan, Ohio, Oklahoma, Oregón, Pensilvania, Tennessee, Texas, Utah, Virginia o Wisconsin (sentencias emitidas por jueces federales. Ni siquiera incluimos en esta lista las sentencias emitidas por jueces estatales).

En Oregón y Pensilvania las sentencias favorables al matrimonio igualitario adquirieron firmeza al no presentarse apelación, por lo que se han sumado ya a la larga lista de estados que permiten el matrimonio igualitario.  Y ya hay, no lo olvidemos, dos Cortes de Apelaciones (el escalón intermedio entre la justicia federal a nivel de los estados y el Tribunal Supremo) que han ratificado tres sentencias a favor del matrimonio igualitario: las del 10º Circuito (las sentencias referidas a Utah y Oklahoma) y del 4º Circuito (la sentencia referida a Virginia).

Pero hay más Cortes de Apelaciones pendientes de pronunciarse. El 6º Circuito, que debe decidir sobre los recursos a las sentencias de Kentucky, Michigan, Ohio y Tennessee, ya ha escuchado por ejemplo a las partes. También lo ha hecho ya el 7º Circuito, que debe decidir sobre Indiana y Wisconsin.

Los argumentos de Feldman…

La sentencia de Feldman (un juez de 80 años nominado en 1983 por Ronald Reagan y confirmado ese mismo año por el Senado) supone un primer contratiempo en la carrera judicial en favor de la igualdad de todas las parejas en el acceso al matrimonio en Estados Unidos, y que previsiblemente el Tribunal Supremo tendrá que dirimir más pronto que tarde.

Sus argumentos no son por otra parte especialmente llamativos, en tanto que se alinean con la postura clásica que en su día incluso sirvió para defender el matrimonio igualitario en los estados más «liberales»: que la legislación matrimonial es competencia de los estados (Luisiana aprobó en 2004 incluir la prohibición del matrimonio igualitario en la Constitución estatal por un 75 % de los votos) y que los derechos en litigio no son derechos fundamentales que gocen de protección constitucional a nivel federal.

Martin Feldman, eso sí, no duda en hacer un guiño a los más conservadores al preguntarse en su sentencia si la consideración del matrimonio igualitario como un derecho fundamental no forzaría a que después se reclamara también el matrimonio entre una tía y una sobrina, una tía y un sobrino, dos hermanos, un padre y un hijo o dos menores. «Todas esas uniones estarían sin duda alguna igualmente comprometidas en su amor y voluntad de cuidar uno del otro, al igual que los demandantes», expresa Feldman. Los demandantes, en este caso, son varias parejas del mismo sexo casadas en otras jurisdicciones en las que el matrimonio igualitario es legal pero cuya unión no es reconocida en el estado de Luisiana.

… y su reconocimiento de que no tiene la última palabra

Pese a todos sus argumentos, no deja de llamar la atención un párrafo de la sentencia en la que el propio juez da muestras de no estar convencido de que su criterio sea el que definitivamente se imponga, al reconocer expresamente que “muchos otros tribunales tendrán la oportunidad de discutir el matrimonio entre personas del mismo sexo: tribunales de apelación, y en un momento determinado, el Tribunal Supremo. La decisión de este tribunal, aunque fundamentada, no es más que una entre muchas».

¿La venda antes que la herida? Veremos lo que sucede finalmente…

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