"Si se suman dos manzanas, pues dan dos manzanas. Y si se suman una manzana y una pera, nunca pueden dar dos manzanas, porque es que son componentes distintos. Hombre y mujer es una cosa, que es el matrimonio, y dos hombres o dos mujeres serán otra cosa distinta" - Ana Botella

El proyecto de matrimonio igualitario pasa su primer filtro en Colombia

Por primera vez en su historia, el matrimonio igualitario ha pasado el primer filtro del Congreso colombiano. Este martes 4 de diciembre la Comisión Primera del Senado aprobaba, por 10 votos a favor y 4 en contra, la propuesta de matrimonio entre personas del mismo sexo impulsada por el senador del Partido de la U Armando Benedetti en respuesta a la exigencia de la Corte Constitucional de Colombia de reconocer iguales derechos a las parejas del mismo sexo.

La iniciativa, que fija las reglas para que una pareja del mismo sexo pueda contraer matrimonio con todos los derechos que ello implica, debe ser todavía votada por el pleno del Senado y discutida por la Cámara de Representantes antes de ser definitivamente aprobada. «Un contrato solemne por el cual dos personas de distinto o del mismo sexo hacen una comunidad de vida permanente y singular, con el fin de convivir, procrear o de auxiliarse mutuamente», es la definición actualizada de matrimonio que propone la comisión. La reforma garantizará a las parejas del mismo sexo los derechos y garantías de los que ya disfrutan las parejas heterosexuales, entre ellos los patrimoniales y de seguridad social, sin distinción alguna.

Votaron a favor tres senadores del Partido de la U (el partido del presidente colombiano, Juan Manuel Santos), los tres senadores liberales («el liberalismo se ha caracterizado por ser defensor de las minorías, para que no se le imponga a nadie formas de pensar que atenten contra su ser”, aseguró el senador liberal Juan Fernando Cristo), los dos de Polo Democrático Alternativo («estamos interpretando la voluntad del constituyente y desarrollando nuestro principios”, destacó el senador del Polo Parmenio Cuéllar) y los senadores del PIN (Partido de Integración Nacional) y Partido Verde. Votaron en contra los tres senadores conservadores (entre ellos Roberto Gerlein, que hace unos días saltaba a las páginas de actualidad por sus exabruptos homófobos. «Sucio y excremental», llegó a definir el sexo entre varones) y otros dos senadores del Partido de la U. Los contrarios al matrimonio igualitario argumentan que el proyecto presentado excede el requerimiento de la Corte Constitucional y modifica «el orden social del país».

Estaremos atentos a lo que sucede en la votación del pleno del Senado, donde Benedetti confía en poder alcanzar los 50 votos necesarios. “Estoy seguro que para la plenaria tenemos los votos, el problema es el ausentismo, pero los votos los hay”, ha afirmado. La oposición es fuerte, y no faltan argumentos abiertamente homófobos no muy distintos de los expresados por el senador Gerlein. «Hoy en el mundo hay muchos países donde la zoofilia prácticamente es un gusto sexual de unos o la necrofilia o la pedofilia, entonces en virtud de ese modernismo que están usando otros países nosotros no podemos venir aquí a copiar esos modelos, y llegar aquí a Colombia con ese tipo de proyectos», ha expresado por ejemplo el senador pentecostal Edgar Espíndola (PIN), un reconocido homófobo.

Un proceso legislativo al que obligó la Corte Constitucional

En octubre el Congreso de Colombia abría por fin el proceso de discusión pública sobre los proyectos de ley de reconocimiento de las uniones entre personas del mismo sexo. Por mandato expreso de la Corte Constitucional, el Congreso está obligado a legislar sobre la materia antes del 20 de junio de 2013.

En Colombia, el avance de los derechos LGTB se ha producido gracias al empuje de la Corte Constitucional, que a lo largo de los últimos años ha reconocido derechos como el de visita conyugal en las cárceles (2003), unión marital de hecho (2007), acceso a la pensión de sobreviviente (2008), o los recientes reconocimientos de la equiparación total en materia de herencia y del derecho a la pensión de sobreviviente para parejas anteriores a 2008, por nombrar algunos de los más destacados. Pero fue la sentencia de julio de 2011 la que definitivamente estableció el derecho de las parejas del mismo sexo a “conformar una familia” en igualdad de condiciones a las parejas heterosexuales. La Corte dio un plazo de dos años para legislar el reconocimiento jurídico de las uniones del mismo sexo con exactamente los mismos derechos. Si pasado ese plazo el Congreso no ha legislado, las parejas del mismo sexo podrán acudir ante un notario para legalizar su unión.

Inicialmente se presentaron ante el Congreso cuatro proyectos distintos para dar respuesta a esa demanda de la Corte Constitucional. Para su discusión en el Senado se acumularon los cuatro proyectos, dos de ellos de unión civil y dos de matrimonio, y finalmente se optó por discutir la solución más acorde con la exigencia de estricta igualdad de la Corte: la modificación del Código Civil reconociendo el derecho de las parejas del mismo sexo a contraer matrimonio.

Comentarios
  1. Ryszard
  2. Flick

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